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¿Me puedo llevar los muebles de la vivienda que he alquilado?

30/06/2017

Si estás viviendo en una vivienda de alquiler y decides marchar -por la razón que sea- y llevarte los muebles que hay dentro y estos son del propietario del inmueble, debes saber que te arriesgas no sólo a que la arrendador te reclame el valor de los mismos, sino también a que te pueda denunciar por un delito de apropiación indebida.

Del mismo modo, si arrancas los lavabos, los marcos de las puertas o ventanas o te llevas elementos fijos de la vivienda como bien pueden ser las persianas, también te arriesgas a que el propietario te denuncie por un delito de daños.

En el primero de los casos las penas pueden ser de prisión y pueden ir de los seis meses a los tres años; en el segundo caso las penas pueden ser de seis a veinte y cuatro meses de multa.

Así pues, desde el Bufet Molina Bosch te recomendamos que, por más enfadado que estés con el propietario de la vivienda, por más mal que te lo haya hecho pasar o, incluso, aunque te deba dinero por algún concepto no hagas ningún de las conductas descritas, pues el arrendamiento te podría salir mucho más caro de lo que crees.

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Problemática con los expedientes de nacionalidad española

23/06/2017

Recientemente se ha aprobado una nueva normativa en materia de concesión de la nacionalidad española que obliga a resolver los expedientes en menos de un año, gracias al uso en el proceso de las nuevas tecnologías. El problema es que los expedientes de nacionalidad iniciados en 2015 y 2016, antes de la nueva normativa, están mucho más atrasados ​​que los del 2016 iniciados en base a la nueva normativa, ya que estos últimos se tramitan en gran parte por vía telemática.

Así pues, en el momento en que la plataforma de trámites de nacionalidad esté definitivamente completada, los expedientes iniciados en 2016 por vía telemática pueden ser los primeros que se tramiten y resuelvan.

El problema no es sencillo de solucionar; por un lado los extranjeros que han solicitado la nacionalidad en 2015 tienen derecho a que sus expedientes sean tramitados de forma preferente a cualquiera presentado con posterioridad, pero por el otro los nuevos expedientes telemáticos deben resolverse por ley en menos plazo y, de hecho, se puede hacer.
¿En qué orden se resolverán y cuando? Desde el Bufet Molina Bosch esperamos poder daros una respuesta concreta en breve.

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Centros de bronceado

16/06/2017

Los centros de bronceado artificial son establecimientos comerciales en los cuales los consumidores pueden utilizar dispositivos de emisión de rayos ultravioletas para oscurecer la piel. Estos mismos dispositivos, sin embargo, se pueden encontrar en centros de estética, peluquerías, gimnasios, etc.

El personal que se encargue de la actividad debe tener la formación sanitaria correspondiente, y los centros dispondrán de carteles visibles al público donde informen no sólo de las obligaciones de protección a seguir, tales como el uso de gafas de protección, sino también las prohibiciones y advertencias de seguridad a tener en cuenta.

Esta información también se facilitará a todos los consumidores mediante folletos informativos.

Los establecimientos están obligados a llevar un libro de mantenimiento de los dispositivos de emisión de rayos ultravioleta y someterlos a una revisión periódica anual. La realización de la revisión y el estado correcto del dispositivo necesario que consten con una etiqueta visible en el aparato de color amarillo (la de color rojo indica que la máquina está fuera de servicio).

Desde el Bufet Molina Bosch recomendamos que antes de utilizar estos dispositivos compruebes que el centro sigue todas las medidas de seguridad adecuadas y que efectivamente conste la etiqueta amarilla correspondiente y en vigor.

 

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